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miércoles, 3 de diciembre de 2014

El Supremo acepta de testamento la nota manuscrita de una anciana

El Tribunal Supremo ha reconocido como testamento una nota manuscrita en la que una mujer legaba un piso a su cuidadora y que se redactó nueve años después del escrito de herencia firmado ante notario. La Sala de lo Civil ha tenido en cuenta como precedente una sentencia de 1918 que dio validez como testamento a una carta manuscrita entre dos novios que en la que se entregaban “todo para ti, todo” mutuamente.
En el caso que ha visto ahora el Supremo, la fallecida, Olvido Gonzalez, no tenía descendencia y había testado en abril de 1993 a favor de sus seis sobrinos. El 6 de mayo de 2002 escribió una nota en la que manifestaba su voluntad de dejar uno de sus pisos a Argentina, " por el tiempo que lleva conmigo, tan atenta y cariñosa". Luego escribió otras tres notas más en la que insistía en su intención en las que la mujer expresaba su voluntad de " cumplir con Tina”.
Un juzgado de Primera Instancia de Gijón dio validez de testamento ológrafo a los escritos a mano, pero la audiencia provincial de Asturias revocó la sentencia con el argumento de que la fallecida no tuvo “la resuelta intención de disponer de sus bienes por sí misma de manera definitiva” sino que se dirigía a sus sobrinos para que fueran éstos los que le cedieran un bien. Ahora el Supremo revoca esa sentencia y da la razón a la cuidadora al entender que las notas la fallecida contenían " la verdadera voluntad de testar ". El fallo ha tenido en cuenta que se cumplen los requisitos formales de la firma, la fecha, salvar tachaduras... “No puede pensarse”, señala la sentencia, “que sea un simple ruego a sus sobrinos, herederos, o a la legataria, que lo era de la casa entera, sino que era su voluntad ( testamentaria), sin que tengan trascendencia jurídica los móviles que le llevan a ello".

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