La delegación de Gobierno de Madrid es
condenado por identificar y sancionar a un manifestante, por el derecho
fundamental a la presunción de inocencia, es la clave de la condena por
identificaciones indiscriminadas durante una concentración.
Un juzgado de lo Contencioso-Administrativo ha condenado a la Delegación del Gobierno de Madrid a cubrir las costas del juicio, por vulnerar los derechos fundamentales en el transcurso de una manifestación. El juzgado ha valorado los testimonios presentados por J.L.S.G. y se ha amparado en la presunción de inocencia para dictar la primera sentencia que cuestiona la práctica de identificaciones indiscriminadas que ha impulsado la oficina que encabeza Cristina Cifuentes (PP).
"Lo que está reconociendo el tribunal es
que la versión de los hechos del demandante tiene más credibilidad que
la presentada por Delegación, se ve que hubo una identificación
indiscriminada", ha explicado a DIAGONAL, Ana Méndez, de la Comisión
Legal Sol y abogada del demandante. El demandante considera que ha
quedado acreditado que se han vulnerado sus derechos fundamentales por
parte de Delegación, y cree que esta resolución puede ser útil en dos
sentidos: por un lado "esto tiene que animar a la gente a saber que está
en su legítimo derecho a manifestarse en el espacio público", por otro,
"tiene que ser un punto de inflexión para que cese la represión
administrativa impulsada por Cifuentes, que ha supuesto que más de mil
personas hayan sido multadas desde el 15M". En tercer lugar, el
demandante también ha querido reconocer la "labor titánica de la
comisión legal de Sol" que ha dado como resultado esta sentencia
pionera.
En este proceso, se juzgaban las
identificaciones durante una concentración de apoyo a los acusados de
detener el metro usando los frenos de emergencia como reivindicación
contra la subida del transporte en abril de 2012. Al grito de "Yo
también tiré de la palanca", un centenar de personas se concentraron en
una zona peatonal de la Puerta del Sol. Durante los primeros minutos de
la convocatoria, varios agentes de la Policía Nacional identificaron a
los concentrados, lo que posteriormente se tradujo para muchas personas
en peticiones de multa. La sentencia explicita, en base a la presunción
de inocencia, que los cuerpos de seguridad del Estado se excedieron en
el ejercicio de su actividad y que la orden dada por Delegación vulneró
un derecho fundamental de J.L.S.G.